¿Que es el RETC en Costa Rica?
¿Qué es el RETC en Costa Rica?
El Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) es un instrumento oficial del Estado costarricense que recopila, organiza y difunde información sobre las emisiones y transferencias de contaminantes generadas por diversas actividades industriales, comerciales y de servicios.
Su creación y funcionamiento están regulados por el Decreto Ejecutivo N.° 43058-S, “Reglamento para el establecimiento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes”, que establece las obligaciones de los generadores de emisiones y define el mecanismo para reportar la información ambiental ante las autoridades competentes.
En febrero de 1996 la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD) adoptó, a través de su Consejo, la "Recomendación del Consejo sobre la Implementación de Registros de Emisiones y Transferencias de Contaminantes" (RETC) en la que se insta a los países miembros a tomar acciones para establecer, implementar y hacer disponible al público, un sistema RETC nacional basado en los principios y la información estipulada en su "Manual Guía para Gobiernos sobre RETC", para desarrollar sistemas e infraestructura digitales; lo que compromete a Costa Rica, como país miembro a lo anterior.
El RETC es administrado por la Dirección de Salud Ambiental del Ministerio de Salud.
¿Para qué sirve el RETC?
El RETC tiene como propósito principal fortalecer la transparencia ambiental en Costa Rica.
Permite:
- Contar con información verificada y actualizada sobre las emisiones contaminantes a nivel nacional.
- Facilitar la fiscalización por parte de entidades públicas como el Ministerio de Salud y el MINAE.
- Desarrollar políticas públicas basadas en evidencia científica.
- Apoyar la prevención y reducción de la contaminación atmosférica y de otros medios.
- Poner a disposición de la ciudadanía información ambiental relevante, favoreciendo la rendición de cuentas.
¿Qué se reporta en el RETC?
El RETC contendrá la información recopilada de las emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, que proviene de:
A) La información de reportes de emisión, residuos y transferencias de contaminantes, contemplados en la normativa nacional vigente, reportada a las instituciones del Estado competentes para su fiscalización. Dentro de la cual se encuentran:
Reglamento de Vertido y Reúso de Aguas Residuales, Decreto Ejecutivo N° 33601-MINAE-MS del 9 de agosto del 2006 y sus reformas.
Reglamento sobre Condiciones de Operación y Control de Emisiones de Instalaciones para Co-incineración de Residuos Sólidos Ordinarios, Decreto Ejecutivo N° 39136-S-MINAE del 15 de junio del 2015 y sus reformas.
Reglamento sobre Emisión de Contaminantes Atmosféricos Provenientes de Calderas y Hornos de Tipo Indirecto, Decreto Ejecutivo N° 36551-SMINAET- MTSS del 27 de abril del 2011 y sus reformas.
Reglamento para el Control de las Emisiones Contaminantes Producidas por los Vehículos con Motor de Combustión Interna, Decreto Ejecutivo N° 39724 -MOPT-MINAE-S del 2 mayo del 2016 y sus reformas.
Reglamento sobre Límites de Emisiones al Aire para Hornos de Fundición de Vidrio, Decreto Ejecutivo N° 38237-S del 3 de febrero del 2014 y sus reformas.
Reglamento para el Co-procesamiento y Gestión de Residuos en Hornos Cementeros, Decreto Ejecutivo N° 40557-S del 8 de junio del 2017 y sus reformas.
Reglamento sobre Valores Guía en Suelo para Descontaminación de Sitios Afectados por Emergencias Ambientales y Derrames, Decreto Ejecutivo N° 37757-S del 15 de mayo de 2013 y sus reformas.
Reglamento para el Trámite Digital de Registros y Autorizaciones del Ministerio de Salud en la Gestión Integral de Residuos en la Plataforma SINIGIR, Decreto Ejecutivo N° 41525-S del 4 de diciembre del 2018 y sus reformas.
B) Información entregada por las instituciones del Estado para obtener las estimaciones de fuentes difusas.
C) Además, contendrá la información de emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, respecto de los cuales nuestro país haya adquirido la obligación de que se midan, cuantifiquen o estimen, en virtud de lo establecido en convenios internacionales ratificados por Costa Rica y que se encuentren vigentes
¿Quiénes deben reportar?
Deben reportar todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cuyos establecimientos desarrollen actividades productivas clasificadas en las categorías A y B del Decreto N.º 43432-S, "Reglamento General para Permisos Sanitarios de Funcionamiento, Permisos de Habilitación y Autorización para Eventos Temporales de Concentración Masiva de Personas, otorgados por el Ministerio de Salud."
Asimismo, se incluyen las actividades reguladas por el Estado mediante el Certificado Veterinario de Operación (CVO), conforme a lo establecido en la Ley N.º 8495 del 6 de abril de 2006, Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal y los reglamentos citados en el artículo 11 del Reglamento para el establecimiento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
¿Cómo se reporta al RETC?
Para utilizar la Ventanilla Única del RETC, el ingreso debe realizarse mediante la firma digital del representante legal de la empresa. Una vez autenticado, este deberá registrar la empresa y podrá incorporar a otros representantes legales autorizados para realizar declaraciones en el sistema. Asimismo, tendrá la posibilidad de designar un usuario administrador, quien podrá gestionar trámites en representación de la empresa, pero sin capacidad de firma.
La empresa deberá registrar el o los entes generadores que la conforman. Para ello, es requisito contar con un Permiso Sanitario de Funcionamiento, un Permiso de Habilitación o un Certificado Veterinario de Operación (CVO) vigente.
Adicionalmente, la empresa podrá incorporar a los responsables técnicos, quienes se encargarán de presentar los reportes operacionales a través de los diferentes sistemas que forman parte del Sistema RETC.
El sistema generará un consolidado anual de la información reportada, el cual deberá ser validado por la empresa. Posteriormente, deberá emitirse y firmarse la declaración anual, que constituirá la base oficial para la generación de información nacional sobre contaminantes.
Declaración Ambiental Anual
Se genera con base en la información suministrada por el administrado en cada uno de los sistemas de reporte establecidos por las autoridades competentes. El sistema RETC generará esta declaración anualmente en aras de que el administrado valide dicha información mediante la firma digital.
Supervisión y Control
El Ministerio de Salud aplica verificaciones documentales, controles cruzados, inspecciones en sitio y órdenes sanitarias según sea necesario. Las sanciones pueden incluir suspensión de permisos o cierre temporal.
Las autoridades aplican controles mediante:
- Verificación documental de reportes y análisis.
- Controles cruzados, donde las áreas rectoras seleccionan anualmente generadores para realizar muestreos independientes.
- Inspecciones en sitio para verificar operación, registros y niveles de emisión.
- Planes de mejora cuando se detectan incumplimientos.
En caso de infracciones, pueden aplicarse medidas como:
- Órdenes sanitarias
- Suspensión de permisos
- Cierre temporal de operaciones
- Otras sanciones estipuladas por ley
¿Por qué es importante el RETC para Costa Rica?
El RETC facilita el monitoreo de la calidad del aire, la toma de decisiones basada en evidencia, el cumplimiento internacional en materia ambiental y la adopción de tecnologías más limpias.
El RETC es una herramienta esencial para:
- Monitorear la calidad del aire y sus fuentes emisoras.
- Alinear al país con los compromisos internacionales en materia ambiental.
- Impulsar tecnologías más limpias y procesos productivos más eficientes.
- Facilitar información a la ciudadanía y mejorar la confianza pública en la gestión ambiental.
- Apoyar la toma de decisiones basada en datos verificables.
Marco legal
Regulado por el Decreto Ejecutivo N.° 43058-S, “Reglamento para el establecimiento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes”, este instrumento establece el marco formal para la operación del RETC en Costa Rica y fortalece el sistema nacional de monitoreo ambiental. El reglamento moderniza y actualiza los procedimientos para el registro y control de emisiones, sustituyendo normativas anteriores y alineando al país con estándares y buenas prácticas internacionales en materia de gestión de la contaminación.






